Constitución de Mendoza de 1900

La reforma de la Constitución, que respondió más a fines políticos que a las necesidades de la provincia, fue promulgada el 01 de abril de 1900. Sus cláusulas debilitaban al poder judicial y a los gobiernos locales frente al ejecutivo provincial.

Siguiendo el proceso de reforma establecido en 1895, una nueva Constitución fue posible a partir de una ley sancionada con mayoría especial y sometida a referéndum popular. Si bien los votos afirmativos y la participación cubrieron apenas una parte del padrón (aproximadamente 1200 votos afirmativos sobre los 2000 emitidos en relación a  9000 empadronados), el proceso constituyente continuó su curso férreamente controlado por el civitismo.

Las principales modificaciones introducidas fueron:

  • La eliminación de las limitaciones impuestas al sufragio en 1895 y de la proporcionalidad como principio de representación.
  • La eliminación del referéndum para la reforma de la Constitución.
  • La institución de una Corte Suprema de Justicia con carácter no permanente y la sustitución del jury de enjuiciamiento por un tratamiento directo por parte de la Cámara de Senadores.
  • El cese de las funciones de todos los jueces y empleados cuyo nombramiento requería el acuerdo del Senado (disposición transitoria).
  • En el ámbito municipal la introducción de la figura del Presidente, designado por el Gobernador y considerado jefe político del departamento (solamente en Capital requería acuerdo del Senado).

Lectura recomendada: Egües, Carlos (2008) Historia Constitucional de Mendoza. Los procesos de reforma. Mendoza: EDIUNC.